La ONU ya no tiene mandato para renovar las sanciones al programa nuclear iraní tras la expiración de la Resolución 2231, pese al intento europeo, afirma una analista.
Rusia y China frenaron en el Consejo de Seguridad de la ONU un intento europeo por debatir el programa nuclear iraní, alegando que el organismo perdió competencia sobre el asunto tras la expiración de la Resolución 2231, el 18 de octubre de 2025, adoptada en 2015 para respaldar el acuerdo nuclear firmado con Irán, también conocido como el Plan Integral de Acción Conjunta (JCPOA, por sus siglas en inglés).
En este sentido, la historiadora costarricense Ximena Madrigal ha confirmado este sábado que el argumento de Irán, Rusia y China para afirmar que la expiración de la resolución 2231 dejó sin mandato al Consejo de Seguridad para tratar el expediente nuclear iraní “no es una interpretación caprichosa”, sino “es una lectura literal del texto”.
“Como ya se adelantaba en algunas partes anteriores, la resolución 2231 se aprobó en 2015 con una cláusula de extinción incorporada, 10 años, fecha fija, y se acaban del 18 de octubre del 2025, o sea, no es una fecha simbólica, es lo que en derecho de tratado se llama un termination date. Al llegar todas las disposiciones, restricciones y responsabilidades del Consejo de Seguridad derivadas de la resolución terminaron ese día, dejando al Consejo sin ningún mandato restante sobre la cuestión nuclear iraní”, ha dejado claro en una entrevista con HispanTV.
Respecto al llamado mecanismo ‘snapback’ (el mecanismo de reimposición automática de las sanciones), que se activa cuando un Estado miembro denuncia un incumplimiento significativo de Irán, la analista ha expresado que el Reino Unido, Francia y Alemania intentaron activarlo para reimponer sanciones antes de la fecha límite. Sin embargo, tal como sostuvo Irán, estos tres países “carecen de legitimidad y capacidad jurídica para recurrir al mecanismo de snapback, porque durante años se abstuvieron de cumplir sus compromisos en el marco del JCPOA y de la Resolución 2231”.
“La regla es sencilla, quien incumple sustancialmente sus obligaciones no puede invocar derechos derivados del mismo instrumento jurídico”, ha ratificado.
Madrigal ha defendido la postura de China que rechaza el “uso selectivo e instrumental de las instituciones internacionales” por parte del bloque occidental.
“Entonces, el argumento de fondo es este: no se trata de una interpretación aleatoria, sino de que el texto tiene fecha de caducidad; que quien intentó reactivarlo no tenía las manos limpias para hacerlo; y que, sin consenso del Consejo, ningún procedimiento adquiere legitimidad retroactiva. Esto es soberanía jurídica aplicada con coherencia, no un favor político a Teherán”, ha agregado.
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Fuente:https://www.hispantv.com/noticias/politica/646954/resolucion-expira-csnu-perdio-mandato-sancionar-iran